|
Todos los trabajos profesionales de estudios previos, proyectos, direcciones de obras y explotación, así como los informes y otros trabajos comprendidos en las tarifas (o, en su defecto, que gocen de la correspondiente contraprestación económica) han de ser sometidos al visado del Colegio en los siguientes casos: - Hayan de ser presentados a la Administración.
- Hayan de ser librados a una tercera persona que no esté en relación laboral o asociada con el colegiado que sea el autor.
En la siguiente tabla puede ver cómo se halla la tarifa del visado: | Valor del presupuesto (P) | Tarifa del visado |
|---|
| Hasta 6.010,12 euros | 42,07 euros | | Entre 6.010,12 y 30.050,61 euros | 42,07 + (P - 6.010,12) x 0,005 euros | | Entre 30.050,61 y 90.151,82 euros | 162,27 + (P - 30.050,61) x 0,0038 euros | | Entre 90.151,82 y 240.404,84 euros | 390,66 + (P - 90.151,82) x 0,0032 euros | | Entre 240.404,84 y 420.708,47 euros | 871,47 + (P - 240.404,84) x 0,0024 euros | | Entre 420.708,47 y 601.012,10 euros | 1.304,20 + (P - 420.708,47) x 0,002 euros | | Entre 601.012,10 y 1.202.024,21 euros | 1.664,80 + (P - 601.012,10) x 0,0016 euros | | Entre 1.202.024,21 y 3.005.060,52 euros | 2.626,42 + (P - 1.202.024,21) x 0,0012 euros | | Entre 3.005.060,52 y 6.010.121,04 euros | 4.790,07 + (P - 3.005.060,52) x 0,0008 euros | | Entre 6.010.121,04 y 15.025.302,61 euros | 7.194,11 + (P - 6.010.121,04) x 0,0004 euros | | Más de 15.025.302,61 euros | 10.800,19 + (P - 15.025.302,61) x 0,0002 euros |
Cuando el Colegio haya de visar o legalizar cualquier documento que se refiera a trabajos realizados, por algún colegiado, este podrá solicitar al Colegio que se encargue del cobro de los honorarios. En este caso el Colegio recibirá el 5% sobre el importe de los honorarios mínimos.
|